Estrutura e funcións da DXSFP
Estrutura
Funcións
Marco de actuación
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones es un órgano administrativo que depende de la Secretaría de Estado
de Economía, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda conforme al Real Decreto 1127/2008 de 4 de julio, que desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio.
Sus funciones son las siguientes:
- Controlar el cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la
ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora privada, la supervisión ordinaria de su ejercicio,
el control de los requisitos exigibles a los administradores y socios de las entidades que realizan dicha
actividad y a las demás personas físicas y jurídicas sometidas al texto refundido de la Ley de Ordenación
y Supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
- Controlar las fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones,
escisiones y otras operaciones entre entidades aseguradoras, y las iniciativas sobre medidas y operaciones
que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguno de sus ramos, sin perjuicio de las
funciones atribuidas a la Comisión Nacional de Competencia.
- El control previo para el acceso a la actividad de mediación en seguros, la
supervisión ordinaria de su ejercicio y el desempeño de las demás funciones de vigilancia previstas en la
Ley 26/2006, de 17 de julio , de mediación en seguros y reaseguros privados.
- Controlar el cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso a la
actividad por entidades gestoras de fondos de pensiones, la supervisión ordinaria de su ejercicio, así
como de los requisitos que han de cumplir los planes y fondos de pensiones con arreglo al texto refundido
de Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002,
de 29 de noviembre.
- La supervisión prudencial y la inspección del ejercicio de su actividad por
las entidades y personas enunciadas en los párrafos precedentes.
- El análisis de la documentación que deben remitir las entidades aseguradoras
y reaseguradoras, los mediadores de seguros y reaseguros privados y las entidades gestoras de fondos de
pensiones a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para facilitar el control de su solvencia.
- Preparar proyectos normativos en materia de las competencias del centro directivo.
- Realizar estudios sobre los sectores de seguros y reaseguros privados, mediadores
de seguros y planes y fondos de pensiones.
- La coordinación de las relaciones en el ámbito de seguros y reaseguros privados,
mediación de segurosy reaseguros y planes y fondos de pensiones con los comités de seguros y pensiones de
jubilación y otras instituciones de la Unión Europea, con otros Estados y con organismos internacionales,
de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
- La protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados
y partícipes de planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas
contra las entidades y sujetos sometidos a su supervisión, la vigilacia de la transparencia del mercado y las demás
funciones que le atribuye la normativa sobre la protección de los clientes de servicios financieros.
- La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros
privados, mediación en seguros y reaseguros privados y planes y fondos de pensiones.